A pesar de haber suscrito todos los instrumentos internacionales que abordan la prostitución y trata con fines de explotación sexual, en España se despenalizó en 1995 el proxenetismo no coercitivo en el Código Penal abriendo la puerta a las prácticas proxenetas.
Desde entonces hemos pasado, a una velocidad vertiginosa, de ser un país de tránsito de mujeres prostituidas, a ser un país de destino (el primero en Europa y tercero en el mundo). Con lugares emblemáticos de turismo sexual (las islas o los territorios fronterizos con Francia), organizados por un proxenetismo "permitido" cuyo objetivo es la legalización de la actividad lucrativa de la prostitución.
Desde el feminismo siempre hemos entendido imprescindible el abordaje de una ley abolicionista que sitúe en el centro los derechos de las mujeres, en especial a las mujeres en situación de prostitución, y la obligación del Estado de garantizar los recursos para su reparación integral. Un compromiso institucional para evitar que la población más vulnerable esté a merced de depredadores y garantizar una sociedad igualitaria. Una ley que desmantele la industria de la explotación sexual y que desactive la demanda, por lo que es necesario la penalización de los prostituidores, actores principales de la existencia de esta práctica (sin demanda no hay prostitución ni trata).
Una ley que, en definitiva, sirva para la justa reparación de las mujeres victimas de esta forma extrema de violencia contra las mujeres y que trasforme nuestra sociedad con un mensaje claro:
LAS MUJERES NO SOMOS MERCANCÍA
Las diversas organizaciones que conformamos la PAP nos propusimos desde el año pasado trabajar en la elaboración de la propuesta de Ley Abolicionista que el pasado mes culminó con su presentación pública.
Tras esta presentación pública de la Ley Orgánica Abolicionista del Sistema Prostitucional -LOASP, desde la Plataforma Estatal de Organizaciones de Mujeres por la ABOLICIÓN de la PROSTITUCIÓN (PAP) hemos continuado con el trabajo que hará posible su implementación.
Se han establecido ya los primeros contactos institucionales y se ha lanzado públicamente una web específica para dar a conocer el contenido de la ley abolicionista y su articulado.
Durante la presentación online que se hizo el pasado 18 de noviembre, se abordaron los aspectos más relevantes de esta Ley.
Este acto online de la propuesta de Ley Abolicionista, suscitó mucha expectación y contó con más de 480 inscripciones.
La presentación comenzó con la proyección de un vídeo colectivo en el que compañeras de diversas organizaciones abolicionistas leyeron fragmentos de la Exposición de Motivos y del Capítulo I de la Ley. Aquí podéis volver a ver ese vídeo
En el acto, tras la proyección del vídeo, intervino Rosario Carracedo, portavoz de la PAP. Y en su intervención, Carracedo hizo un breve recorrido por los elementos más destacables de la propuesta de Ley Orgánica.
Contamos también con la participación directa, en forma de breve saludo de:
Sheila Jeffreys, Magui Bellotti y de Sonia Sánchez
A continuación se abrió la palabra a las participantes en la presentación, que de forma unánime mostraron su satisfacción por la propuesta de Ley Orgánica.
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En breve colgaremos el vídeo completo de la presentación
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La estructura de la LOASP es la siguiente:
- Exposición de Motivos
- Capítulo Primero. Principios Generales (artículos 1 al 8)
- Capítulo Segundo. Medidas de Prevención, Sensibilización y Formación (artículos 9 al 15)
- Capítulo Tercero. De los Derechos (artículos 16 al 23)
- Capítulo Cuarto. De las Medidas Públicas de Coordinación (artículos 24 y 25)
- Disposiciones Adicionales (13 disposiciones adicionales)
- Disposición Derogatoria
- Disposiciones Finales (2 disposiciones finales)
Aquí puedes ver el contenido de la Ley:
En este enlace se relata el encuentro y nuestra valoración sobre los primeros contactos institucionales: https://leyabolicionista.es/reunion-con-la-ministra-de-igualdad/
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